EL PRINCIPIO DEL BIEN COMÚN
Reflexión diaria del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (n. 164-170)
El
principio del bien común deriva de la dignidad, unidad e igualdad de todas las
personas y a este principio debe referirse todo aspecto de la vida social para
encontrar plenitud de sentido. Por bien común se entiende el conjunto de
condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno
de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección. No
consiste en la simple suma de los bienes particulares sino siendo de todos y de
cada uno es y permanece común, porque es indivisible y porque sólo juntos es
posible alcanzarlo, acrecentarlo y custodiarlo, también en vistas al futuro.
Como el actuar moral del individuo se realiza en el cumplimiento del bien, así
el actuar social alcanza su plenitud en la realización del bien común. El bien
común se puede considerar como la dimensión social y comunitaria del bien
moral.
Una
sociedad que quiere positivamente estar al servicio del ser humano es aquella
que se propone como meta prioritaria el bien común, en cuanto bien de todos los
hombres y de todo el hombre. Ninguna sociedad—desde la familia,
pasando por el grupo social intermedio, la asociación, la empresa de carácter
económico, la ciudad, la región, el Estado, hasta la misma comunidad de los
pueblos y de las Naciones— puede eludir la cuestión acerca del propio bien
común, que es constitutivo de su significado y auténtica razón de ser de su
misma subsistencia.
Las
exigencias del bien común atañen, ante todo, al compromiso por
la paz, a la correcta organización de los poderes del Estado, a un sólido
ordenamiento jurídico, a la salvaguardia del ambiente, a la prestación de los
servicios esenciales para las personas, algunos de los cuales son, al mismo
tiempo, derechos del hombre: alimentación, habitación, trabajo, educación y
acceso a la cultura, transporte, salud, libre circulación de las informaciones
y tutela de la libertad religiosa. Sin
olvidar la contribución que cada Nación debe hacer al bien común de la
humanidad entera teniendo presente a las generaciones futuras.
El
bien común es un deber de todos los miembros de la sociedad, respondiendo a
las inclinaciones más elevadas del hombre, pero
es un bien arduo de alcanzar, porque exige la capacidad y la búsqueda constante
del bien de los demás como si fuese el bien propio. Todos tienen también
derecho a gozar de las condiciones de vida social que resultan de la búsqueda
del bien común.
La
responsabilidad de edificar el bien común compete también al Estado, porque el
bien común es la razón de ser de la autoridad política. El Estado, en efecto, debe garantizar
cohesión, unidad y organización a la sociedad civil de la que es expresión, de
modo que se pueda lograr el bien común con la contribución de todos los
ciudadanos. La persona concreta, la familia, los cuerpos intermedios no
están en condiciones de alcanzar por sí mismos su pleno desarrollo; de ahí
deriva la necesidad de las instituciones políticas, cuya finalidad es hacer
accesibles a las personas los bienes necesarios —materiales, culturales,
morales, espirituales— para gozar de una vida auténticamente humana. El fin
de la vida social es el bien común históricamente realizable.
Para
asegurar el bien común, el gobierno de cada país tiene el deber específico de
armonizar con justicia los diversos intereses sectoriales: La correcta conciliación de los bienes
particulares de grupos y de individuos.
IMPORTANTÏSIMO:
El bien común de la sociedad no es fin en sí mismo, sino en cuanto
al bien último de la persona y al bien común de toda la creación y Dios
es el fin último de sus criaturas. Nuestra historia —el esfuerzo personal y
colectivo para elevar la condición humana— comienza y culmina en Jesús: gracias
a Él, por medio de Él y en vista de Él, toda realidad, incluida la sociedad
humana, puede ser conducida a su Bien supremo, a su cumplimiento. Una visión
puramente histórica y materialista terminaría por transformar el bien común en
un simple bienestar
socioeconómico, carente de finalidad trascendente, es decir, de su más
profunda razón de ser.