domingo, 19 de junio de 2022

LOS PECADOS VENIALES NO IMPIDEN EL EFECTO DE ESTE SACRAMENTO. Santo Tomás de Aquino

 


II Domingo después Pentecostés

LOS PECADOS VENIALES NO IMPIDEN EL EFECTO DE ESTE SACRAMENTO

Santo Tomás de Aquino

 

I. San Agustín, comentando las palabras de Juan 5, 50-52: Si uno come de este pan, etc., dice: Comed espiritualmente el pan celeste, aportad inocencia al altar, que vuestros pecados, aunque sean cotidianos, no sean mortíferos. De donde se deduce que los pecados cotidianos, que se llaman pecados veniales, no impiden el alimento espiritual. Pero los que se alimentan espiritualmente reciben el efecto de este sacramento. Luego los pecados veniales no impiden el efecto de este sacramento.

II. Este sacramento no posee menos virtud que el bautismo. Pero el efecto del bautismo solamente es impedido por la ficción, en cuya categoría no están los pecados veniales, porque, como se dice en Sabiduría 1, 5: El Espíritu Santo, que nos educa, huye de la doblez, el cual, sin embargo, no huye con los pecados veniales. Luego tampoco los pecados veniales impiden el efecto de este sacramento.

III. Lo que queda eliminado por la acción de una causa, no puede impedir el efecto de esa causa. Pero los pecados veniales quedan eliminados por la acción de este sacramento. Luego no impiden su efecto. Los pecados veniales pueden ser considerados de dos maneras: una, como pasados; otra, como actualmente cometidos. Bajo el primer punto de vista, los pecados veniales no impiden de ningún modo el efecto de este sacramento. Puede suceder, en efecto, que uno, después de cometer muchos pecados veniales, se acerque devotamente a este sacramento, y consiga el efecto de este sacramento plenamente. Bajo el segundo punto de vista, los pecados veniales no impiden totalmente el efecto de este sacramento, sino sólo en parte. Ya se dijo, en efecto, que el efecto de este sacramento no es solamente la consecución habitual de la gracia y de la caridad, sino también un cierto sustento actual de dulzura espiritual. Un sustento que queda impedido cuando alguien se acerca a este sacramento con la mente entretenida en pecados veniales. Pero no impide el aumento de la gracia habitual o de la caridad. Aquél que se acerca a este sacramento con el acto de pecado venial, come espiritualmente de una manera habitual (el pan celestial), mas no de un modo actual, y por tanto, percibe el efecto habitual de este sacramento, pero no el actual. Es cierto que los pecados veniales no impiden el efecto del Bautismo, pero no debe hablarse idénticamente de la Eucaristía y del Bautismo. Pues el Bautismo no se ordena del mismo modo al efecto actual, esto es, al fervor de la caridad, como este sacramento; porque el Bautismo es la regeneración espiritual por la que se adquiere la primera perfección, que es el hábito o la forma; mas este sacramento es la manducación espiritual que tiene delectación actual. (3ª, q. LXXIX, a. 8.)