lunes, 16 de mayo de 2016

DESTINO UNIVERSAL DE LOS BIENES Y PROPIEDAD PRIVADA Reflexión diaria del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (n. 175-181)


DESTINO UNIVERSAL DE LOS BIENES Y PROPIEDAD PRIVADA
Reflexión diaria del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (n. 175-181)
La propiedad privada y las otras formas de dominio privado de los bienes « aseguran a cada cual una zona absolutamente necesaria para la autonomía personal y familiar y deben ser considerados como ampliación de la libertad humana al estimular el ejercicio de la tarea y de la responsabilidad, constituyen una de las condiciones de las libertades civiles. La doctrina social postula que la propiedad de los bienes sea accesible a todos por igual, de manera que todos se conviertan, al menos en cierta medida, en propietarios. La tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho a la propiedad privada como absoluto e intocable: La propiedad privada, es, en
su esencia, sólo un instrumento para el respeto del principio del destino universal de los bienes, y por tanto, en último análisis, un medio y no un fin.
Cualquier forma de posesión privada ha de estar en clara referencia al bien común. El hombre no debe tener las cosas exteriores que legítimamente posee como exclusivamente suyas, sino también como comunes, en el sentido de que no le aprovechen a él solamente, sino también a los demás.
El principio del destino universal de los bienes de la tierra ha de extenderse a los frutos del reciente progreso económico y tecnológico, poniéndose al servicio de las necesidades primarias del hombre, para que pueda aumentarse gradualmente el patrimonio común de la humanidad. 
IMPORTANTE: Sólo reconociendo la dependencia de Dios creador y, consecuentemente, orientándolos al bien común, es posible conferir a los bienes materiales la función de instrumentos útiles para el crecimiento de los hombres y de los pueblos.