jueves, 5 de mayo de 2016

¿QUÉ DERECHOS TIENE TODA PERSONA? Reflexión diaria del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (n. 155)


¿QUÉ DERECHOS TIENE TODA PERSONA?
Reflexión diaria del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (n. 155)
La lista de los derechos fundamentales de la persona varía según las diferentes concepciones de la “persona” que existen. Desde el Magisterio, la Iglesia en la persona del papa Juan Pablo II ha trazado una lista de ellos en la encíclica «Centesimus annus:
1. El derecho a la vida, del que forma parte integrante el derecho del hijo a crecer bajo el corazón de la madre después de haber sido concebido;
2. El derecho a vivir en una familia unida y en un ambiente moral, favorable al desarrollo de la propia personalidad;
3. El derecho a madurar la propia inteligencia y la propia libertad a través de la búsqueda y el conocimiento de la verdad;
4. El derecho a participar en el trabajo para valorar los bienes de la tierra y recabar del mismo el sustento propio y de los seres queridos;
5. El derecho a fundar libremente una familia, a acoger y educar a los hijos, haciendo uso responsable de la propia sexualidad. 
6. Fuente y síntesis de estos derechos es, en cierto sentido, la libertad religiosa,- que yo llamaría más correctamente la libertad de conciencia-  entendida como derecho a vivir en la verdad de la propia fe y convencimientos; y en conformidad con la dignidad trascendente de la propia persona; sin ser obligado de ninguna forma a obrar contra su conciencia y voluntad, dentro de los límites debidos y lo que el bien común obligue. Afirmar una libertad religiosa y de conciencia como libertad para el error y el mal –que no tienen derechos en sí-, sería totalmente ir en contra de la misma persona humana.

Al examinar esta lista, vemos cuánto le falta a nuestra sociedad para respetar al hombre creado por Dios a su imagen y semejanza.